HAZTE SOCIO COLABORADOR

El socio-colaborador apoya programas concretos que tienen como objetivo mejorar las condiciones de vida de comunidades que, además de padecer las consecuencias de la pobreza, están afectadas por graves problemas específicos que empeoran su situación. Participan en programas de mejora de la calidad de vida de discapacitados psíquicos y físicos, “niños de la calle”, niños afectados de SIDA, aperturas de pozos en África, construcción de hospitales benéficos, casas hogar, etc.

El socio-colaborador recibe, un informe sobre la marcha del programa. Además, el socio-colaborador puede remitir cartas al país, formulando las preguntas que considere oportuno. En los informes que le remitiremos, se dará respuesta a las cuestiones planteadas por todos los socios-colaboradores que están apoyando el programa.


Los niños y niñas, son los beneficiarios más i
mportantes de nuestra obra, aquí en un
comedor de Remar en Mitad del Mundo,
Ecuador.


La cuota mínima del socio-colaborador es de 100 euros.
UN EJEMPLO DE COLABORACIÓN.

También puedes llamar al 902 444 117, o enviárnoslo por correo postal o entregárnoslo en cualquiera de nuestras sedes:
Carretera Ajalvir a Daganzo Km 1,7 28864 Ajalvir, Madrid
Recuerda que cuando quieras podrás cambiar el importe de la cuota o modificar tus datos personales, en el teléfono 902 444 117 o escribiéndonos un e-mail a la siguiente dirección: webmaster@remar.org
Información para la deducción fiscal:
Particulares:

La deducción a efectuar en la cuota del I.R.P.F. del donante es del 25% del importe del donativo, con el límite previsto en el artículo 56.1 de la Ley 40/1998, del I.R.P.F. y otras Normas Tributarias (artículo 19 de la Ley 49/2002, de 23 de diciembre, 'De Régimen Fiscal de entidades sin fines lucrativos y de los Incentivos Fiscales al Mecenazgo'), sin perjuicio de los regímenes tributarios forales del País Vasco y Navarra.
Entidades:

La deducción a efectuar en la cuota del Impuesto de Sociedades es del 35% del importe del donativo, sin que pueda exceder del 10% de la base imponible. Las cantidades que excedan de este límite se podrán aplicar en los períodos impositivos que concluyan en los diez años inmediatos y sucesivos (artículo 20 de la Ley 49/2002 de 23 de diciembre, 'De Régimen Fiscal de entidades sin fines lucrativos y de los Incentivos Fiscales al Mecenazgo'), sin perjuicio de los regímenes tributarios forales del País Vasco y Navarra.

NÚMEROS DE CUENTA

Los números de cuenta donde puedes realizar tu ingreso son los siguientes:

Remar España cta Bancaria Misiones, P.A.N. y Ayuda Contenedores.
Banco Popular Español
Oficina 1244 nº c/c 4.000

Remar EEUU Cta Bancaria de Misiones.
Bank of America
nº de cuenta: 003730236154

Contacta:
pan@remar.org
+34 902 444 117